¿Cómo Funciona la Retención RESICO para la Industria Restaurantera? Guía 2025 (México)

RESICO en restaurantes 2025: quién retiene (clientes/marketplaces), tasas ISR/IVA, CFDI 4.0, complementos de pago y ejemplos en MXN

¿Cómo Funciona la Retención RESICO para la Industria Restaurantera? Guía 2025 (México)

En la operación diaria de un restaurante en México, los pagos a proveedores persona física, arrendadores y prestadores de servicios generan obligaciones de retención RESICO que muchos dueños y administradores desconocen o aplican incorrectamente. Entender cuándo corresponde retener ISR, cómo reflejarlo en CFDI 4.0 y qué documentación resguardar es fundamental para evitar multas, rechazos de timbrado y desajustes en tu conciliación mensual. En esta guía práctica encontrarás escenarios típicos, ejemplos numéricos editables, plantillas y referencias oficiales para que apliques las retenciones correctamente y mantengas tu operación fiscal en orden.


Resumen rápido (30 segundos)

  • RESICO es el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas (PF) y morales (PM) con ingresos anuales hasta $3.5 millones (PF) o $35 millones (PM).
  • Retención aplica cuando tu restaurante (PM o PF régimen general) paga servicios profesionales, arrendamiento o ciertos bienes a proveedores PF en RESICO.
  • Quién retiene: generalmente, el pagador (tu restaurante) actúa como retenedor y entera el ISR al SAT a cuenta del proveedor.
  • CFDI 4.0: la retención se refleja en el nodo <cfdi:Impuestos><cfdi:Retenciones> con clave 001 (ISR) y, cuando proceda conforme a ley, 002 (IVA).
  • Antes de pagar: verifica la constancia de situación fiscal del proveedor (régimen, RFC, CP), calcula correctamente base y tasa, y valida que el XML contenga los nodos correctos.
⚠️ Disclaimer: Tasas, bases y reglas pueden cambiar por ejercicio fiscal. Verifica siempre en sat.gob.mx y consulta con tu contador. Este artículo es informativo y no constituye asesoría fiscal.

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RESICO 101 para restaurantes

Diferencias RESICO PF vs RESICO PM (en lenguaje simple)

RESICO Persona Física (Capítulo XII, Título IV-A de la Ley del ISR):

  • Destinado a contribuyentes con ingresos anuales hasta $3.5 millones de pesos.
  • Pagan ISR con tasas progresivas reducidas (1% a 2.5% según tramo de ingresos).
  • Pueden tributar bajo este régimen quienes realizan actividades empresariales, profesionales, arrendamiento y otros ingresos compatibles.
  • Fuente oficial: Artículo 113-E, Ley del ISR.

RESICO Persona Moral (Capítulo XIII, Título VII-A de la Ley del ISR):

  • Empresas con ingresos anuales hasta $35 millones de pesos.
  • Pagan ISR a tasa reducida y tienen simplificaciones en deducciones y obligaciones.
  • Menos común en restaurantes pequeños, pero aplica a sociedades que cumplen el tope.
  • Fuente oficial: Artículo 206, Ley del ISR.

Diferencia clave: las PF en RESICO están sujetas a retenciones cuando sus clientes son personas morales o PF del régimen general; las PM en RESICO tienen menos situaciones de retención según las Reglas Misceláneas vigentes.

¿Qué es "retención" y en qué casos aparece?

La retención es un mecanismo mediante el cual quien paga (retenedor) descuenta un porcentaje del monto a pagar al proveedor (retenido) y lo entera directamente al SAT como anticipo del ISR del proveedor.

En tu restaurante:

  • Actúas como retenedor cuando pagas servicios o arrendamiento a PF en RESICO.
  • Te retienen cuando tu restaurante es PF en RESICO y cobras a clientes PM o PF régimen general (menos común en operación B2C de restaurantes).

La retención no es un costo adicional para el retenedor; es una obligación de entero que luego el proveedor acredita contra su ISR anual.


¿Cuándo aplica retención en un restaurante? (escenarios típicos)

1. Pagos a proveedores RESICO PF por servicios profesionales

Escenario: contratas a un fotógrafo, diseñador, contador independiente, consultor de marketing o técnico de mantenimiento que tributa como PF en RESICO.

¿Procede retención?
, cuando tu restaurante es PM o PF régimen general que paga servicios profesionales (honorarios) a PF en RESICO.

¿Quién retiene?
Tu restaurante (retenedor).

¿Sobre qué base?
El monto del pago sin incluir IVA (si este aplica).

Tasa de retención ISR:
Consulta el Artículo 113-J de la Ley del ISR y las Reglas Misceláneas vigentes. Usa este placeholder: ___% (actualiza con la tasa vigente para el ejercicio 2025).

¿Cómo se refleja en CFDI?
El proveedor emite un CFDI de ingreso con:

  • RegimenFiscal: 626 (RESICO PF).
  • Nodo <cfdi:Impuestos><cfdi:Retenciones><cfdi:Retencion Impuesto="001" TipoFactor="Tasa" TasaOCuota="0.____" Base="____.__" Importe="____.__"/>.

¿Cuándo se entera al SAT?
Declaración mensual de retenciones, a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Fuente oficial: Reglas Misceláneas 2025 – Capítulo I.3.10 (verificar actualización).


2. Pagos por arrendamiento si el arrendador es PF en RESICO

Escenario: rentas el local de tu restaurante a una persona física en RESICO.

¿Procede retención?
, aplica retención de ISR sobre pagos de arrendamiento.

¿Quién retiene?
Tu restaurante (arrendatario).

¿Sobre qué base?
El monto de la renta mensual (sin IVA si este se traslada).

Tasa de retención ISR:
Verifica en el Artículo 113-J y Reglas Misceláneas. Placeholder: ___%.

IVA retenido:
Si el arrendamiento es de inmuebles destinados a actividades comerciales, puede aplicar retención de IVA (actualmente no aplica en arrendamiento habitacional). Consulta Artículo 1-A, Ley del IVA.

¿Cómo se refleja en CFDI?
El arrendador emite CFDI de ingreso con:

  • RegimenFiscal: 626.
  • Nodo de retenciones con clave 001 (ISR) y, cuando proceda, 002 (IVA).

Fuente oficial: Artículo 116, Ley del ISR y Anexo 20 del CFDI 4.0.


3. Compras de bienes (insumos) a PF en RESICO

Escenario: compras verduras, lácteos o insumos a un productor o proveedor persona física en RESICO.

¿Procede retención?
Depende
. Revisa las Reglas Misceláneas vigentes: en algunos ejercicios, la enajenación de bienes por PF en RESICO a PM no genera retención obligatoria, pero verifica excepciones (Regla 3.13.32 o similares actualizadas).

Placeholder: Retención aplicable: Sí/No | Tasa: ___% (consulta reglas 2025).

¿Cómo se refleja en CFDI?

  • Si NO procede retención: el proveedor emite CFDI de ingreso sin nodo de retenciones.
  • Si SÍ procede: incluye nodo <cfdi:Retenciones> con clave 001, base, tasa e importe.

Fuente oficial: Reglas Misceláneas – Facilidades administrativas.


4. Plataformas e intermediarios digitales

Escenario: contratas servicios de entrega (Uber Eats, Rappi, DiDi Food) o pagas comisiones a plataformas que operan con socios repartidores PF en RESICO.

¿Quién retiene?
Generalmente, la plataforma actúa como retenedor de los socios repartidores. Tu restaurante recibe CFDI de la plataforma por el servicio de intermediación (comisión).

Verifica: si pagas directamente a un repartidor independiente PF en RESICO, aplica retención conforme a servicios profesionales.

Fuente oficial: Capítulo II.2.9, Reglas Misceláneas – Plataformas tecnológicas.


CFDI 4.0 cuando hay retención (paso a paso)

Emisión del CFDI por el proveedor y/o complemento de pago

Pago en una sola exhibición (PUE):

  • El proveedor emite un CFDI de ingreso con MetodoPago: PUE, FormaPago: clave correspondiente (01=Efectivo, 03=Transferencia, etc.).
  • El nodo de retenciones se incluye directamente en el CFDI de ingreso.

Pago en parcialidades o diferido (PPD):

  • El proveedor emite CFDI de ingreso con MetodoPago: PPD, FormaPago: 99 (Por definir).
  • Al recibir el pago, emite Complemento de Pagos 2.0 donde se reflejan las retenciones efectuadas en cada parcialidad.

Fuente oficial: Guía de llenado CFDI 4.0 y Complemento de Pagos 2.0.


Nodo Impuestos/Retenciones en el CFDI del proveedor

El XML del CFDI debe contener:

xml

<cfdi:Impuestos TotalImpuestosRetenidos="____.__">
  <cfdi:Retenciones>
    <cfdi:Retencion 
      Impuesto="001" 
      TipoFactor="Tasa" 
      TasaOCuota="0.____" 
      Base="____.__" 
      Importe="____.__"/>
    <!-- Si aplica IVA retenido -->
    <cfdi:Retencion 
      Impuesto="002" 
      TipoFactor="Tasa" 
      TasaOCuota="0.____" 
      Base="____.__" 
      Importe="____.__"/>
  </cfdi:Retenciones>
  <cfdi:Traslados>
    <!-- IVA trasladado si aplica -->
  </cfdi:Traslados>
</cfdi:Impuestos>

Claves de impuesto:

  • 001: ISR
  • 002: IVA

TipoFactor: Tasa (porcentaje aplicado sobre la base).

Base: Monto sobre el cual se calcula la retención (generalmente el subtotal sin IVA).

Importe: Resultado de Base × TasaOCuota.

Relación con póliza de pago: el Importe retenido debe coincidir con el descuento aplicado en tu sistema de pagos y con el entero al SAT en tu declaración mensual.

Fuente oficial: Anexo 20 CFDI 4.0 – Catálogos.


Comprobante de retenciones e información de pagos

Cuando tu restaurante efectúa retenciones de ISR o IVA, no siempre debes emitir un CFDI de retenciones específico. Sin embargo, en ciertos casos (enajenación de bienes, arrendamiento, servicios profesionales de montos elevados), se requiere el CFDI de Retenciones e Información de Pagos.

¿Cuándo aplica?
Consulta el Artículo 76, Ley del ISR y las Reglas Misceláneas específicas para determinar si tu obligación es emitir este comprobante adicional o si basta con reflejar la retención en el CFDI de ingreso del proveedor y en tu declaración mensual.

Fuente oficial: Guía de llenado CFDI de Retenciones.


Ejemplos numéricos editables (no constituyen asesoría)

Nota: Los siguientes ejemplos usan placeholders que debes completar con las tasas y bases vigentes en 2025. Consulta la Ley del ISR y las Reglas Misceláneas actualizadas.

Ejemplo A: Servicio de fotografía profesional

Contexto: contratas a un fotógrafo PF en RESICO por sesión de fotos de menú.

ConceptoValor
Honorarios (Subtotal)$5,000.00
Tasa ISR RESICO___% (placeholder)
ISR retenido$5,000.00 × 0.____ = $.
IVA trasladado (16%)$5,000.00 × 0.16 = $800.00
Total a pagar al fotógrafo$5,000.00 - $. + $800.00 = $____.__

Flujo de CFDI:

  1. El fotógrafo emite CFDI de ingreso:
    • Subtotal: 5,000.00
    • Impuestos/Retenciones/Retencion Impuesto="001": Importe= $.
    • Impuestos/Traslados/Traslado Impuesto="002": Importe= 800.00
    • Total: $____.__
  2. Tu restaurante registra en póliza: pago $____., retención ISR $.__ (por enterar al SAT).
  3. Declaración mensual: enteras $. como retención de ISR.

Asientos contables (simplificado):

Debe: Gastos de publicidad  $5,000.00
Debe: IVA acreditable         $800.00
Haber: ISR retenido por pagar $__.__ 
Haber: Bancos                 $____.__

Ejemplo B: Arrendamiento de local

Contexto: rentas el inmueble a un arrendador PF en RESICO.

ConceptoValor
Renta mensual (Subtotal)$15,000.00
Tasa ISR RESICO arrendamiento___% (placeholder)
ISR retenido$15,000.00 × 0.____ = $.
IVA trasladado (si aplica)$15,000.00 × 0.16 = $2,400.00 (verifica si es comercial)
Total a pagar al arrendador$15,000.00 - $. + $2,400.00 = $____.__

Flujo de CFDI:

  • Arrendador emite CFDI de ingreso con nodo de retención ISR (001) y, si aplica, IVA trasladado.
  • Tu restaurante entera $. en declaración mensual.

Fuente: Artículo 116, Ley del ISR y Anexo 20.


Ejemplo C: Compra de insumo a PF en RESICO

Contexto: compras $8,000 de verduras a un productor PF en RESICO.

ConceptoValor
Compra (Subtotal)$8,000.00
¿Aplica retención?Sí / No (consulta Reglas Misceláneas 2025)
Tasa ISR (si aplica)___%
ISR retenido$8,000.00 × 0.____ = $. (o $0 si no aplica)
IVA trasladado (0% productos primarios)$0.00
Total a pagar$8,000.00 - $. = $____.__

CFDI:

  • Si NO aplica retención: CFDI sin nodo de retenciones, Total: 8,000.00.
  • Si SÍ aplica: CFDI con nodo Retencion Impuesto="001", ajustar total.

Verificar: Regla 3.13.32 o similar actualizada en Reglas Misceláneas 2025.


Tabla editable de cálculo

ConceptoBaseTasa/CuotaImporte retenidoSubtotalIVATotal a pagarCFDIFuente
Honorarios$____.____%$.$____.__$.$____.__Art. 113-J
Arrendamiento$____.____%$.$____.__$.$____.__Art. 116
Compra insumo$____.____% (o N/A)$.$____.__$.$____.__Reglas Misc.

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Controles internos y conciliación

Checklist antes de pagar (descargable)

  • Constancia de situación fiscal del proveedor actualizada (régimen 626 RESICO PF).
  • RFC válido y coincidente con CFDI.
  • Código Postal del proveedor correcto (validación CFDI 4.0).
  • Uso de CFDI: P01 (Por definir) hasta que tu contador determine el uso específico.
  • Método de pago: PUE (pago inmediato) o PPD (diferido con complemento).
  • Forma de pago: 01, 03, 04, etc. (según medio utilizado).
  • Nodo de retenciones presente en XML con clave 001 (ISR) y, si aplica, 002 (IVA).
  • Base y tasa correctas; importe retenido calculado = Base × Tasa.
  • Complemento de Pagos 2.0 emitido si el método es PPD.
  • Validación del XML en el Verificador de CFDI del SAT.

Bitácoras recomendadas

1. Bitácora de pagos con retención

FechaProveedorRFCConceptoSubtotalTasa ISRISR retenidoTotal pagadoFolio CFDIDeclaración
15/01/25Juan PérezXEXX010101000Fotografía$5,000__%$.$____.__A123Ene 2025

2. Registro de enteros al SAT

PeriodoMonto total retenido ISRFecha de presentaciónAcuseArchivo XML
Enero 2025$____.__17/02/2025[PDF][XML]

3. Archivo documental

  • XML del CFDI recibido.
  • Representación impresa (PDF).
  • Comprobante de pago (transferencia, cheque).
  • Acuse de declaración mensual de retenciones.

Tiempo de conservación: 5 años (Código Fiscal de la Federación, Art. 30).


Roles y responsabilidades

RolResponsabilidad
Administrador del restauranteVerifica constancia fiscal, solicita CFDI correcto, autoriza pago.
Encargado de pagosEjecuta transferencia descontando retención, guarda comprobante.
Contador / Auxiliar contableValida XML, calcula retenciones, genera declaración mensual, concilia.
Sistema POS/ERP (ej. PoloTab)Integra CFDI recibido, genera pólizas, alertas de retenciones, reportes para contador.

Impacto en precios, costos y flujo

La retención NO es un costo adicional

Cuando tu restaurante actúa como retenedor:

  • El ISR retenido no afecta tu estado de resultados como gasto; es un pasivo que enteras al SAT a nombre del proveedor.
  • El proveedor acredita esa retención contra su ISR anual.

Ejemplo:

  • Pagas $5,000 de honorarios; retienes $. de ISR.
  • Gasto contable del restaurante: $5,000 (honorarios).
  • Pasivo: $. (ISR por enterar).
  • Salida de caja real: $5,000 - $. + IVA = $____.__

Consideraciones de cash flow

  • Calendario: entero de retenciones a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Provisión: registra mensualmente el pasivo de ISR retenido para no descapitalizar en la fecha de pago.
  • Conciliación: cruza XML recibidos vs pagos realizados vs declaración mensual para evitar diferencias.

Errores comunes y cómo evitarlos

ErrorConsecuenciaSolución
Timbrar sin nodo de retencionesCFDI rechazado por el SAT o sin soporte fiscal para acreditar retención.Solicita al proveedor que cancele y reexpida con nodo correcto.
Usar clave de impuesto errónea (ej. 002 en lugar de 001)Declaración mensual no coincide con CFDI; multas.Valida claves: 001=ISR, 002=IVA.
Calcular sobre base incorrecta (incluir IVA en base)Retención mayor o menor a la debida; ajuste en declaración.Base = Subtotal sin IVA (salvo excepciones legales).
Omitir Complemento de Pagos 2.0 en PPDNo hay comprobante de la retención efectuada al momento del pago.Exige al proveedor el complemento al liquidar cada parcialidad.
No conciliar XML vs pólizaDiferencias en auditorías; imposibilidad de acreditar retenciones.Descarga XML, verifica TotalImpuestosRetenidos, cruza con tu registro contable.
No archivar acuse de declaraciónSin prueba de entero al SAT ante revisión.Guarda PDF y XML de la declaración mensual, por 5 años.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cómo sé si debo retener ISR a un proveedor RESICO PF?

Verifica su constancia de situación fiscal en el portal del SAT; si el régimen es 626 (RESICO PF) y el servicio es profesional (honorarios) o es arrendamiento, generalmente sí aplica retención. Consulta el Artículo 113-J de la Ley del ISR y las Reglas Misceláneas 2025 para confirmar tasa y excepciones.
Fuente: SAT – Constancia de situación fiscal.


¿La retención aplica en compras de bienes o solo en servicios?

Depende del ejercicio fiscal y las Reglas Misceláneas vigentes. Históricamente, en enajenación de bienes por PF en RESICO a PM, la retención no siempre aplica o tiene facilidades. Verifica la Regla específica (ej. 3.13.32) actualizada para 2025.
Placeholder: Retención en compras de bienes = Sí / No (verificar); Tasa: ___%.


¿Cómo se refleja la retención en CFDI 4.0 y en el Complemento de Pagos 2.0?

  • CFDI 4.0 (pago en una exhibición): incluye nodo <cfdi:Impuestos><cfdi:Retenciones><cfdi:Retencion Impuesto="001".../> con Base, TasaOCuota e Importe.
  • Complemento de Pagos 2.0 (pago diferido): cada pago parcial genera un complemento que detalla en <pago20:Impuestos><pago20:RetencionesP> el ISR retenido en esa parcialidad.
    Fuente: Complemento de Pagos 2.0.

¿Qué tasa corresponde y sobre qué base se calcula?

Tasa: varía según el tipo de ingreso (honorarios, arrendamiento) y la ley vigente. Usa placeholders: ___% para ISR, ___% para IVA (si aplica). Consulta Artículo 113-J (honorarios) y Artículo 116 (arrendamiento) de la Ley del ISR.
Base: generalmente el Subtotal del CFDI sin incluir IVA (salvo que la ley indique lo contrario).
Fuente: Ley del ISR 2025.


¿Qué documentos debo guardar y por cuánto tiempo?

  • XML y representación impresa (PDF) del CFDI con retenciones.
  • Comprobante de pago (transferencia, cheque).
  • Acuse de declaración mensual de retenciones.
  • Constancia de situación fiscal del proveedor.

Tiempo: 5 años contados a partir de la fecha de presentación de la declaración (Art. 30, Código Fiscal de la Federación).
Fuente: SAT – Conservación de comprobantes.


Conclusión y próximos pasos

Dominar la retención RESICO en tu restaurante no solo te protege de multas y rechazos fiscales, sino que optimiza tu conciliación mensual y fortalece la relación con tus proveedores al entregarles comprobantes correctos. Para cerrar con éxito:

  • Verifica el régimen fiscal de todos tus proveedores actuales; actualiza tu base de datos con RFCs, régimen y CP.
  • Arma tu checklist de retenciones y capacítalo al equipo de administración y pagos; asigna roles claros (quién valida, quién paga, quién declara).
  • Prueba el timbrado con nodo de retenciones correcto en un ambiente de prueba o con tu primer CFDI del mes; valida en el verificador del SAT.
  • Concilia mensualmente XML recibidos vs pagos efectuados vs declaración de retenciones; usa bitácoras y reportes automáticos para detectar diferencias antes del cierre.

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Enlaces externos oficiales

  1. SAT – Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
    https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-el-regimen-simplificado-de-confianza
  2. Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) 2025
    https://www.sat.gob.mx/normatividad/leyes-fiscales
  3. Guía de llenado del CFDI 4.0
    https://www.sat.gob.mx/consultas/factura_electronica/Paginas/guia_llenado_cfdi.aspx
  4. Complemento de Pagos 2.0
    https://www.sat.gob.mx/consultas/92764/complemento-de-pagos
  5. Anexo 20 – Catálogos CFDI 4.0
    https://www.sat.gob.mx/consultas/92764/anexo-20-version-4-0-cfdi
  6. Reglas Misceláneas Fiscales 2025
    https://www.sat.gob.mx/normatividad/disposiciones-fiscales
  7. Constancia de situación fiscal – SAT
    https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/consulta-tu-constancia-de-situacion-fiscal
  8. CFDI de Retenciones e Información de Pagos
    https://www.sat.gob.mx/tramites/28152/emite-tu-comprobante-de-retencion-e-informacion-de-pagos
  9. Verificador de CFDI del SAT
    https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx
  10. Código Fiscal de la Federación (CFF)
    https://www.sat.gob.mx/normatividad/leyes-fiscales